NORMAS DE LAS AGUAS ENVASADAS
NORMAS SOBRE LA CARACTERIZACION DE LAS AGUAS ENVASADAS
PARA CONSUMO HUMANO Y COMERCIALIZADAS EN EL PAIS
Gaceta Oficial N° 35.277 de fecha 18 de agosto de 1993
REPUBLICA DE VENEZUELA. MINISTERIO DE SANIDAD Y ASISTENCIA
SOCIAL. DESPACHO DEL MINISTRO N° G.1672. MINISTERIO DEL AMBIENTE
Y DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES. DESPACHO DEL
MINISTRO N° 116. CARACAS, 03 DE AGOSTO DE 1993. AÑOS 183° Y 134°.
RESUELVEN
Por disposición del Ciudadano Presidente de la República y de conformidad con lo
establecido en el Artículo 30, Ordinales 6 y 7, Artículo 36, ordinales 2, 5 y 7 de la
Ley orgánica de la Administración Central, en concordancia con lo establecido en
el Artículo 1°, Ordinal 1 y Articulo 4 del Reglamento General de Alimentos, dictar
las siguientes:
NORMAS SOBRE LA CARACTERIZACION DE LAS AGUAS ENVASADAS
PARA CONSUMO HUMANO Y COMERCIALIZADAS EN EL PAIS
ARTICULO 1°.- Esta Resolución tiene por objeto implantar las normas sobrecaracterización de las aguas envasadas para establecer una identidad y calidad
de referencia de estos productos y facilitar así el control y vigilancia de este rubro
de alimentos, evitando riesgos a la salud y confusión al consumidor.
ARTICULO 2°.- Se entiende por caracterización del producto, el estudio analíticode la fuente de agua como origen de la materia prima y el estudio analítico como
producto final, estableciendo con precisión las cualidades propias que la
diferencian de otros productos de la misma naturaleza.
ARTICULO 3°.- Las industrias embotelladoras de aguas quedan obligadas aefectuar los estudios de caracterización a que se refiere el articulo anterior, el cual
comprende:
A- Los estudios geológicos e hidrogeológicos
B- Los estudios físicos, físico-químicos, químicos y microbiológicos.
ARTICULO 4°.- Los estudios geológicos e hidrogeológicos comprenden:A- La situación geográfica exacta del lugar de la captación de la
fuente, con indicación de coordenadas y altitud, el cual deberá estar
contenido en un mapa no superior a 1/1000.
B- Litología de los acuíferos.
C- Memoria descriptiva que contenga la descripción de las obras e
instalaciones utilizadas para la captación de la fuente (pozo, aljibe,
manantial, galería), determinando con precisión la profundidad,
diámetro, entubación, ubicación de filtros y demás características.
D- Las medidas de protección de la fuente de agua y zona
circundante contra la contaminación.
E- Determinar el caudal y nivel estático de la fuente.
ARTICULO 5°.- Los estudios físicos, físico-químicos, químicos y microbiológicoscomprenden:
A- La temperatura del agua al brotar y la temperatura ambiente.
B- La relación existente entre la naturaleza del terreno y el tipo de
mineralización.
C- En general las características siguientes:
1- Organolépticos: Color, olor, sabor, turbiedad.
2- Físico-químicos: Temperatura, sólidos disueltos totales, dureza
total, pH, Dióxido de Carbono libre (CO2, Oxígeno disuelto (O2),
Alcalinidad total, Sodio (Na), Potasio (K), Litio (Li), Calcio (Ca),
Magnesio (Mg), Hierro (Fe), Manganeso (Mn), Zinc (Zn), cobre (Cu),
Aluminio (Al), Plata (Ag), Boro (B), Sílice (SiO2), Cloruros (Cl-),
Sulfatos (SO4-), Bicarbonatos (HCO3).
3- Substancias no deseables: Nitratos (NO3-), Nitritos (NO2-),
Nitrógeno Amoniacal (NH3), Materia Orgánica, Sulfuro de Hidrógeno
(H2S), Cloro residual (CL2), Fosfatos (PO4-.), Fluoruro (F-), Ioduro
(I-) y Bromuro (Br-),
4- Substancias Tóxicas: Cadmio (Cd), Plomo .(Pb), Arsénico (As),
Cromo (Cr), Mercurio (Hg) y Selenio (Se).
5- Orgánicos no deseables: Aromáticos Orgánicos, Plaguicidas
(Organoclorados Fosforados, Carbamatos) y Trihalometanos.
6- Microbiológicos: Microorganismos tales como: Aerobios Mesófilos,
Coliformes, Pseudomona aeruginosa y Plancton.
7- Otros Parámetros: Radiactividad.
ARTICULO 6°.- Los laboratorios autorizados para realizar los análisis decaracterización de las aguas envasadas son: Laboratorio de la División de
investigación y Determinaciones adscrito a la Dirección General Sectorial de
Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales
Renovables y/u otros laboratorios oficiales o privados, previa calificación
aprobatoria de la Unidad de Investigación y Docencia de la División de Higiene de
los Alimentos del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social.
ARTICULO 7°.- Quedan comprendidos dentro de los estudios de caracterizaciónlos siguientes elementos: la evaluación y perfil sanitario de la planta
embotelladora, así como las condiciones tecnológicas de la empresa y la calidad
del producto, cuyas labores de inspección serán llevadas a cabo por el Ministerio
de Sanidad y Asistencia Social, a través de la División de Higiene de los Alimentos
y las Coordinaciones Regionales de Higiene de los Alimentos de la jurisdicción
donde estén ubicadas las plantas embotelladoras.
ARTICULO 8°.- Se incluye dentro de la evaluación para la caracterización previstaen esta Resolución, el estudio del tipo de envase y de la tapa o cierre de dicho
envase.
ARTICULO 9°.- Todo recipiente utilizado para el envasado de agua de consumohumano, deberá estar provisto de un dispositivo de cierre diseñado para evitar
toda posibilidad de falsificación, adulteración o contaminación del contenido del
envase.
ARTICULO 10.- El estudio de caracterización contemplado en esta Resolución, serealizará en la fuente y en el producto final, y en otro punto de la línea que así lo
requiera, con una frecuencia trimestral en períodos no menores de un (1) año.
ARTICULO 11.- La autoridad sanitaria podrá ampliar el período de estudio cuandolas variaciones de las características físicas, físico-químicas y químicas no se
produzcan como consecuencia de las oscilaciones normales del caudal y de los
procesos hidrogeológicos naturales de la fuente de agua utilizada.
ARTICULO 12.- La caracterización del producto, esto es del agua envasada, seráavalada por un certificado expedido por el Ministerio de Sanidad y Asistencia
Social, el cual tendrá una validez de tres (3) años, y será requisito indispensable
para tramitar cualesquiera de los siguientes procedimientos:
a) La autorización para el funcionamiento de las plantas
embotelladoras de agua.
b) El registro de nuevas marcas nacionales.
c) Las marcas de aguas envasadas importadas ya registradas y en
proceso de autorización, las cuales deberán presentar un certificado
análogo al descrito en esta Resolución, emitido por la autoridad
sanitaria del país de origen. Este certificado, será verificado en las
características que e su juicio considere pertinentes la autoridad
sanitaria venezolana, a los fines de la aceptación del mismo.
ARTICULO 13.- El .Ministerio de Sanidad y Asistencia social podrá establecerrequisitos adicionales o complementarios a los señalados en esta Resolución,
cuando así lo considere necesario para salvaguardar la salud y bienestar del
consumidor, a cuyo efecto deberá emitir una Resolución Conjunta que contenga
expresamente dicha modificación.
ARTICULO 14.- La violación al contenido de esta Resolución será sancionadaconforme a lo dispuesto en la Ley de Sanidad Nacional, la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Salud y el Reglamento General de Alimentos, según sea el
caso.
ARTICULO 15.- Los Ministros de Sanidad y Asistencia social y del Ambiente y delos Recursos Naturales Renovables quedan encargados de darle amplia difusión a
los requisitos establecidos en esta Resolución, así como velar por el estricto
cumplimiento de las disposiciones contenidas en la misma.
En Caracas, a los 3 días del mes de agosto de 1993. Años 183° y 134°
Comuníquese y Publíquese,
PABLO A. PULIDO M.
Ministerio de Sanidad y Asistencia Social.
ADALBERTO GABALDON AZUAJE
Ministro del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables

