La corporacion de turismo de venezuela sera el organismo que administrara dichas zonas de conformidad con el articulo 46 numeral 1 de la ley organica para la ordenacion del territorio en concrdancia con el articulo 39 de la ley de turismo
AREAS DE INFLUENCIA DEL PARQUE NACIONAL MORROCOY Y LA RESERVA DE FAUNA CUARE
Quiero ampliar un poco sobre las Areas de Influencia del Parque, son los territorios, caños Rios que desembocan en el parque, en estas areas existen especies Fauna y Flora que tambien Influyen, por tal Razon existe un decreto de ley muy Importante que rige esta zona, este Decreto es:
POLIGONAL DE ZONA DE INTERES TURISTICO DECRETO 1040
DECRETO 1040
FECHA VIERNES 03 DE MAYO DE 1996 (03-05-96)
GACETA OFICIAL 35.951
SEDECLARA ZONA DE INTEREZ TURISTICO
ESTA AREA FUE DECLARADA ZONA DE ALTOPOTENCIAL TURISTICO
CONSIDERANDO:
QUE EL USO INDISCRIMINADO DE ESTAS ZONAS DE ALTO POTENCIAL TURISTICO HA OCACIONADO DETERIORO CONTAMINACION DEL AMBIENTE QUE LIMITAN Y DAÑAN SU APROVECHAMIENTO RACIONAL
CONSIDERANDO:
QUE ES DEBER DEL ESTADO VELAR POR LA CONSERVACION Y FOMENTO DE LOS ESPACIOS Y DE LOS RECURSOS NATURALES DE INTERES TURISTICO
LAS PORCIONES DE TERRITORIO ENTRE LOS POBLADOS DE SAN JUAN DE LOS CAYOS CHICHIRIVICHE CRUCE DE TUCACAS BOCA DE YARACUY UBICADOS EN LOS MUNICIPIO ACOSTA, MONSEÑOR ITURRIZA, SILVA DEL ESTADO FALCON
ESTE TRABAJO FUE EJECUTADO POR LA ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE GRANJAS DE TIBANA ASOTIBANA CON LA FINALIDAD DE DEFENDER LOS RECURSOS NATURALES, BUSCANDO EL APROVECHAMIENTO RACIONAL,Y EN CONTRA DE OTORGAMIENTO DE ESTAS TIERRAS PARA USO AGRICOLA Y PECUARIO POR PARTE DEL INTI,YA QUE CAUSARIAN DEFORESTACIONES INDISCRIMINADAS CAUSANDO DAÑOS ECOLOGICOS A LAS AREAS DE INFLUENCIA DE LA RESERVA DE FAUNA CUARE HUMEDAL RAMSAR, EXISTIENDO TODAVIA EN ESTA ZONA EL CAIMAN DE LA COSTA Y GALAPAGO, QUE SE ENCUENTRAN EN PERIODO DE EXTINCION
GRANJAS DE TIBANA ES UN TR1
Areas de Muy Alta Preservación designadas como TR1. Son aquellas áreas que por las características relevantes de sus recursos naturales y culturales, son capaces de generar corrientes turísticas nacionales e internacionales y cuya dinámica económica se basa principalmente en el desarrollo de la actividad turística. SEGUN:
Plan Nacional para la Ordenación del Territorio
PAGINA # 1
PAGINA # 2
PAGINA # 3
Sample Photo 4
Sample Photo 5
Sample Photo 6
FOTO DONDE SE MUESTRA LA ENTRADA DE GRANJAS DE TIBANA Y EL GOLFO DE CUARE, AREA EXCLUSIVA DE LA RESERVA DE FAUNA CUARE EL GOLFO DE CUARE LINDA CON LA CIENAGA EL OSTIONAL LUGAR DE LOS FLAMENCOS VENEZOLANOS TIPICOS DE LA ZONA
GRANJAS DE TIBANA AREAS QUE DEPENDEN DEL EXCLUSIVO DEL MINISTERIO DEL TURISMO
La corporacion de turismo de venezuela sera el organismo que administrara dichas zonas de conformidad con el articulo 46 numeral 1 de la ley organica para la ordenacion del territorio en concrdancia con el articulo 39 de la ley de turismo

